15 mayo 2013

Tigo debe pagar una multa de Bs 1,25 millones por incumplimiento de obligaciones

El operador Telecel SA - Tigo deberá pagar una multa de Bs 1,25 millones por no haber cumplido a tiempo con la instalación, puesta en servicio, operación y manteniendo de una línea telefónica y un equipo terminal de acceso al público en 19 localidades del país.

De acuerdo a la información brindada por la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes (ATT), la telefónica debió realizar estas instalaciones hasta el 30 de septiembre de 2006, pero recién se hizo efectivo en diciembre del mismo año.

“La empresa incumplió esta obligación por lo que se le sancionó con una multa, de acuerdo a lo determinado por el Anexo 4 del contrato de concesión referido a Multas por Incumplimiento de Obligaciones”, dijo el director ejecutivo de la ATT, Clifford Paravicini, según un boletín del ente regulador.

Tigo debió instalar en 19 localidades el equipamiento necesario para la prestación de servicios hasta el 31 de diciembre de 2005, inicialmente, no obstante una determinación del entonces SIRESE (Sistema de regulación Sectorial) amplió dicho plazo hasta el 30 de septiembre de 2006, habiendo el operador incumplido con ambos plazos.

“Telecel SA se obligó a cumplir metas anuales de expansión en mérito al contrato de concesión suscrito con la entonces Superintendencia de Telecomunicaciones, en diversas localidades del área rural, a su elección y en los plazos señalados por el ente regulador”, añadió Paravicine

De esta forma, la multa que originalmente era de Bs.1.25 millones deberá ser actualizada a la fecha toda vez que la sentencia del Tribunal Supremo es inapelable, conforme a la normativa aplicable.

El proceso

Según la ATT, la Sala Plena del tribunal Supremo de Justicia falló declarando improbada la demanda por lo que la Resolución Ministerial N. 307/2011 del Ministerio de Obras Públicas tiene plena vigencia.

Esta resolución rechazaba el Recurso Jerárquico planteado por Telecel SA - Tigo dentro del proceso sancionador, mediante el cual se le impuso la multa económica de Bs. 1.25 millones. El operador impugnó las Resolución Administrativa Regulatoria del ente regulador que impuso la sanción económica.

“Por ese motivo, la determinación del ente regulador es adecuada y no ha vulnerado el principio de congruencia pues existe plena correspondencia entre la formulación de cargos contenida en la RAR 2007/1604 emitida el 19 de junio de 2007 por la entonces Superintendencia de Telecomunicaciones por presunto incumplimiento de la meta de expansión en el área rural en 19 poblaciones”, señala la sentencia.

/epm/

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