15 marzo 2007

Conozca los Beneficios de las tarifas de Inclusion Social Decreto 28994

Aqui les traigo el Manual y todas las ventajas del Decreto 28994 segun la Superintendencia de Telecomunicaciones si quieren lo pueden bajar en el formato que deseen.




06 marzo 2007

Desinformación, fallas de sistema o falta de moneda fraccionada, están ocasionando molestias

La aplicación del redondeo al segundo del DS 28994 no se a podido aplicar de la misma manera a todos los servicios de telefonía, por ejemplo las lineas fijas que cobran por pulso no redondean por segundo ya que la llamada es ilimitada, otro ejemplo son las cabinas publicas, los famosos "puntos de llamadas", en los cuales el Decreto indica que el redondeo se debe hacer cada 10 Ctvs. de boliviano, debido a que es la moneda de menor corte en el país, pero al parecer tres factores están causando molestias y mas desinformación en este aspecto. En un articulo mostrado de esta pagina se han recogido algunas opiniones de usuarios de estos "puntos de llamadas"

Una persona que hizo una llamada local a celular que duró 1 minuto con 42 segundos (1´ 42") desde un "punto Viva" ahora tuvo que cancelar 1,10 Bs. Según dijo ese mismo llamado en el anterior sistema habría costado 1 Bs. y todavía podía hablar 16 segundos más.

 Obviamente este es el caso de desinformación por parte del usuario ya que si su llamada duró 1 minuto con 42 segundos en el sistema anterior se le hubiera cobrado 2 Bs. pero el indica que antes hubiera pagado solamente 1 Bs. hablando por 16 segundos mas lo cual es incorrecto.

Otra persona, que conversó telefónicamente durante 3' 50'', la registradora automática le marcó que debía cancelar la suma de 4,20 Bs.

Este es un caso de falla de sistema ya que el tarifador debió cobrarle únicamente 3,90 Bs. redondeando a los 10 Ctvs. como indica el decreto, esta persona pagó más que con el sistema anterior

Un joven que llamó a un celular también desde una cabina de "Viva" pagó 8,30 Bs., por un tiempo de consumo de 6' con 52''. Por ese mismo tiempo, hasta el viernes pasado habría pagado 7 Bs. "Esto del cobro por segundo me parece que es otra estafa, mire cuánto hablé y tengo que pagar más caro, encima que el que atiende no tiene 20 ctvs. para darme mi cambio"

Este caso tiene doble problema, en primer lugar una falla del sistema que le cobró 8,30 Bs. por 6 minutos con 52 segundos, cuando se le debería haber cobrado 6,9 Bs. y aparte que se le cobra 1,4 Bs de más el "punto" no devuelve los 20 ctvs. indicando que no tiene cambio, en total pagó 8,5 Bs. por algo que antes le hubiera costado 7 bs.

Desde un "punto", un ciudadano hizo un llamado a un celular de otro departamento y por 36'' de conversación tuvo que cancelar 1,20 Bs. Así, otra persona que creyó que podía hacer un llamado a Cochabamba con tarifa local manifestó su molestia porque incluso se debe hacer uso del código cero (0) de larga distancia para este tipo de llamadas desde los "puntos", porque marcando directamente no hay el acceso.

 Este caso muestra que todavía no se a implementado la tarifa local a nivel nacional en todas las compañías ya que a esta persona se le debió haber cobrado 0.6 Bs. como llamada local, pero se le cobra el doble. La cuestión de la anteposición del cero puede ser una limitación técnica mas que una falla la verdad yo no le vería el problema siempre y cuando cumplen con la parte de cobrar como tarifa local como esta establecido

En conclusión esto se ha vuelto un caos y lamentablemente la desinformación esta creciendo y una medida que, correctamente aplicada, nos ahorraría dinero puede llegar a recibir el rechazo de la población por el poco tiempo que tuvieron las empresas para implementar estos cambios al parecer el gobierno se apresuro al querer aplicar esta medida que no esta completa y no solo en cuestión de tarifas sino también en la parte de "compartir redes" que no se a aplicado todavía, pero esta en el decreto el cual entró en vigencia el 3 de Marzo, algo que no es correcto. Aunque no tenga nada que ver con el tema personalmente espero que no pase algo similar con nuestra Asamblea Constituyente que tiene un retraso enorme habría que preguntarle a nuestro gobierno:

¿Quieren hacerlo bien o quieren hacerlo rápido?

 

Fuente de las entrevistas 



02 marzo 2007

La guía de las nuevas reglas de la telefonía

telefonia ce

Debido a los cambios de la telefonia, encontre este interesante resumen de los cambios que se estan dando en La Razon  del dia viernes y se los paso aqui.

 

1¿Cuál es el principal cambio que se ejecutará desde mañana?

a. El principal es el pago por segundo, es decir, por lo que realmente se habla, con lo que se elimina el redondeo al minuto en todos los servicios de telefonía del país.

b. Otro de los cambios es que en la telefonía móvil ya no se cobrará por llamadas de larga distancia, habrá una sola tarifa de acuerdo al plan del usuario.

c. Las tres operadoras compartirán sus redes para que el usuario de cualquiera de las tres operadoras tenga el servicio allá donde haya señal para el celular.

d. Otro de los pilares es el de las tarifas no discriminatorias, esto significa que las tarifas para un mismo servicio dentro de una misma área no deben ser diferentes por razones geográficas como sucedía, por ejemplo, en la televisión por cable.

e. Otro pilar es la reducción de la barrera de acceso al servicio local, si uno no tenía dinero para comprar una acción en Cotel era imposible disponer del servicio; ahora se posibilita que todos satisfagan su necesidad de comunicación con el plan abonado.

f. Las empresas no podrán revertir el saldo de las tarjetas no utilizado en el tiempo establecido.

g. Además, las empresas estarán obligadas a publicar sus tarifas cada seis meses.

2¿Cuáles son los servicios de telefonía donde se aplica el cobro por segundo?

El cobro por segundo se realizará en todos los servicios telefónicos: fijo local, móvil, telefonía pública, larga distancia nacional y larga distancia internacional. La única excepción será en el servicio fijo local en la categoría abonado, en el que el cobro es por llamada sin límite de tiempo.

3¿Rige una tarifa única para las llamadas de telefonía móvil y fija?

No hay una tarifa única. Los proveedores conservan la libertad de diseñar sus planes tarifarios, tomando en cuenta las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo 28994.

4¿Quién decide el costo de las tarifas en la telefonía?

El operador. En el marco de la competencia puede fijar sus propias tarifas, pero éstas son reguladas y aprobadas por la Superintendencia de Telecomunicaciones.

5¿Con el cambio de sistema bajarán las tarifas?

Por el cobro por segundo habrá ya un ahorro del 20 por ciento promedio. El Decreto Supremo 28994 tiene más bien un espíritu de justicia y equidad, no precisamente de abaratar los costos del servicio, sino pagar por lo que uno realmente usa.

6¿Qué pasa con el servicio de larga distancia cuando se hace una llamada de un celular a un fijo? ¿Qué procedimiento se debe seguir?

En llamadas de un celular a un fijo de otra ciudad deberá utilizarse la marcación de larga distancia, como ha venido sucediendo; este aspecto no fue modificado.

7¿En qué casos se elimina el código de larga distancia?

Sólo para la telefonía móvil. Costará lo mismo hacer llamadas locales o al interior del país.

8¿Si se marca desde un celular con código de larga distancia, se inhabilita la llamada o se aplica un cobro adicional?

Si desde un teléfono celular se marca el prefijo de larga distancia nacional "0" y un código multiportador "XY" de una de las empresas proveedoras, se estará usando el servicio de larga distancia nacional y las tarifas aplicables serán las que publique la empresa a la que pertenece el código "XY". En ningún caso esta forma de marcar deberá estar inhabilitada.

9¿Ahora es más caro o más barato llamar de un teléfono celular a un fijo y viceversa?

Ahora cualquier tipo de llamada tendrá un precio final más barato, en razón a que el cobro se realizará con fraccionamiento al segundo y no con redondeo al minuto.

10¿Cuesta más caro llamar de un fijo a un celular o de un celular a un fijo?

Actualmente, prácticamente todas las empresas han fijado la tarifa de Bs 1,60 por minuto de fijo a celular. En llamadas de celular a fijo, las tarifas dependen del plan en el que uno se encuentre; por ejemplo, en el plan prepago algunas empresas cobran hasta Bs 1,80 por minuto.

11¿Si soy usuario de Viva y estoy en un lugar donde sólo sale la señal de Entel, podré hablar por celular?

La regulación vigente obliga la interconexión entre las empresas fijas y móviles, a fin de que los usuarios de todas las empresas puedan comunicarse entre sí. Este es un derecho de los usuarios. Para que un usuario de una empresa use la red de otra, en lugares donde la primera no tiene cobertura, se ha dispuesto que las compañías lleguen a acuerdos de "roaming", donde definirán la compatibilidad técnica y otros aspectos para lograr esto.

12¿Quién paga en la cobertura nacional en telefonía móvil (por roaming), las empresas o el usuario?

Las empresas, en los acuerdos de roaming al que deben llegar, definirán los precios de uso de sus redes en función a costos eficientes, los que se reflejarán en la tarifa a los usuarios.

13¿Qué operadora de telefonía móvil saldrá más beneficiada con la interconexión o roaming?

El beneficiado será el usuario del servicio móvil, considerando que a partir del 3 de marzo el usuario que se desplaza de su zona de origen hacia otra zona donde su operador móvil no tiene cobertura (itinerancia o roaming) pueda seguir conectado a la red y hacer uso del servicio a través de la red de otros operadores.

14¿Los celulares que tienen tecnología GSM tendrán el mismo alcance que los que tienen TDMA o viceversa?

Las empresas se encuentran en un proceso de transición tecnológica hacia GSM, por razones de competitividad. Esto favorece a la compatibilidad técnica y al objetivo de uso de redes de las distintas empresas por parte de un mismo usuario.

15¿En larga distancia internacional, para hacer llamadas desde un celular, se paga la tarifa de larga distancia?

En llamadas internacionales, sean desde fijo o móvil, se pagará la tarifa de larga distancia internacional, pero su cobro debe realizarse con fraccionamiento al segundo y no con redondeo, como vino sucediendo.

16¿Por llamadas de larga distancia, el usuario debe pagar su factura a su propio operador o al operador de larga distancia?

Al operador de larga distancia.

17¿Habrá variaciones en las tarjetas de prepago? ¿Cuáles?

En la modalidad prepago:

a. El menor valor del crédito deberá ser equivalente al precio de 10 llamadas locales.

b. La vigencia de cualquier crédito que se cargue no podrá ser menor a 60 días calendario.

c. Al vencimiento de su vigencia, el crédito no consumido se sumará al nuevo crédito a cargar.

d. Al vencimiento de la vigencia de un crédito, si el abonado no realiza recargas, la línea deberá permanecer habilitada para la recepción de llamadas y el acceso a números gratuitos y de emergencia, al menos por 30 días calendario adicionales.

18¿Cómo cobrarán los chalequeros, los puntos y las cabinas telefónicas públicas?

Los sitios o medios públicos de provisión de servicios telefónicos deberán cobrar con fraccionamiento al segundo, pero por razones de imposibilidad de fraccionamiento de monedas, el precio final podrá ser redondeado a los 10 centavos superior.

19¿Ahora cómo se beneficiarán los chalequeros?

A los chalequeros se les va a cobrar al segundo y lo que les sobre del crédito comprado van a tener para el próximo mes y no se verán perjudicados. Ahora, ellos compran un volumen de tráfico y si no lo completan les quitan y lo retornan al proveedor. En este caso los chalequeros van a continuar con el crédito y no van a perder dinero.

20¿En qué consiste el plan abonado y con su aplicación en qué quedan los socios de las cooperativas? ¿Tendrán alguna ventaja extra?

Las empresas que proveen el servicio local de telecomunicaciones deben incluir y ofertar una categoría de abonado, que elimine la tarifa básica fija mensual y el cobro sea únicamente por consumo de las comunicaciones efectivamente realizadas y sin que se exija la condición de socio o adquisición de una acción telefónica en esta categoría, pudiendo subsistir las otras categorías de usuarios que actualmente están vigentes. Respecto a la ventaja extra para los socios, es potestad de las empresas otorgarles algún beneficio.

21¿Un socio puede elegir entrar al plan abonado?

La categoría está disponible para todos los ciudadanos.

22¿El plan abonado de la telefonía de Entel es sólo para provincias o también es para su servicio en las ciudades capitales?

La nueva categoría de abonado de Entel debe ser aplicada tanto en provincias como en ciudades capitales.

23¿Habrá algún cambio en el servicio telefónico corporativo y comercial de las operadoras de telefonía?

El gran cambio radica en que las tarifas que paguen las empresas comerciales, en general, será por el tiempo efectivamente hablado.

24Con la aplicación del decreto, ¿qué pasa con la telefonía rural?

En telefonía rural también los operadores deben cobrar al segundo, a excepción de aquellos casos donde se emplean teléfonos públicos, que presenten imposibilidades técnicas.

25¿Las empresas podrán competir bajando tarifas? ¿Qué está permitido y qué no?

Las empresas pueden bajar sus tarifas en cualquier momento, siempre que las mismas las apliquen sin discriminación a usuarios que se encuentren en circunstancias similares. No está permitido que las tarifas bajen más allá del costo de la provisión eficiente del servicio y tengan como efecto sacar del mercado a los competidores.

26¿Qué tipo de promociones pueden usar las operadoras de telefonía móvil y cuáles no?

Las empresas pueden diseñar una infinidad de promociones, lo que la imaginación les permita, siempre que se enmarquen dentro de los principios establecidos en el marco regulatorio vigente, en especial el de no discriminación a los usuarios.

27¿Hay un control sobre la publicidad?

La publicidad en el sector de telecomunicaciones está regulada por la Resolución Administrativa Regulatoria Nº 2005/1882.

28¿Está todo listo para este cambio en las telecomunicaciones?

Sin duda, son dos meses y se han hecho innumerables reuniones con los operadores y con el Viceministerio de Telecomunicaciones, que estructura las políticas del sector. Además, se han absuelto la mayoría de las dudas planteadas por los operadores y observaciones al decreto, y todos mostraron su predisposición. Sin embargo, como el mismo decreto dice, "si hay una imposibilidad técnica" no se podrá cobrar por el tiempo efectivamente hablado. Si se tuviera que pagar en un teléfono público por el tiempo efectivamente hablado, seguramente que en muchos casos se debería cobrar con centavos inferiores a los 10 centavos, que es la unidad monetaria de menor corte, surgiendo de esta forma un caso de imposibilidad técnica que no permite facturar al segundo. Más bien se debería redondear la fracción a la menor unidad monetaria existente.

29¿Está garantizada la calidad del servicio, a partir del 3 de marzo, tomando en cuenta que podrá haber mayor tráfico de llamadas?

Difícilmente se van a suscitar niveles de tráfico similares o superiores a los presentados en fechas de fin de año, que es cuando la calidad del servicio tiende a disminuir por el congestionamiento de llamadas. En este contexto, se estima que la calidad del servicio mantendrá su nivel actual.

30¿Qué problemas podrían presentarse con el cambio que empieza mañana?

Los mayores problemas pueden surgir del servicio de telefonía pública, ya que el común de la gente no está consciente de la existencia de problemas asociados a la imposibilidad técnica que existe en estos casos. Por ejemplo, el hecho de que un segundo efectivamente hablado no podrá ser cobrado por una cantidad inferior a 10 centavos, que es la unidad monetaria de menor corte existente dentro de nuestra economía. Sin embargo, pese a los problemas que en inicio manifiesten los usuarios que desconocen este aspecto técnico, el DS 28994 lo contempla.


27 febrero 2007

Las empresas empiezan a informar sobre la aplicacion del D.S. 28994

Como era de esperarse las empresas de telefonía celular han empezado a informar sobre la aplicación del decreto, pero no precisamente como una obligación sino mas bien como una oferta que ellos estarían haciendo, de todas formas lo importante es que la aplicación del redondeo al segundo y la "tarifa país" es un hecho.

Este es el spot televisivo de ENTEL sobre la aplicación de la tarifa única a nivel nacional entre móviles de cualquier empresa, lo interesante que hace notar ENTEL es al "obligación" de marcar el 10 (de ENTEL) para que la "tarifa país" se aplique, argumentando que de esa manera es mas barato llamar a larga distancia nacional (LDN) desde un Entel Móvil a cualquier teléfono del país y no así solo a cualquier celular del pais que es lo que exige el Decreto.

 

El siguiente es el Spot sobre la aplicacion del redondeo al segundo desde celulares Entel Movil:


También quise grabar los Spots de VIVA, sobre la aplicación de la "tarifa país" y el redondeo al segundo, pero la verdad es mucho mas difícil encontrarlos que los de ENTEL, lo único que pude sacar son imágenes.

Esta es una publicación en el periódico Los Tiempos, sobre el cobro de llamada local a nivel nacional


La novedad de VIVA en la aplicación de la tarifación al segundo, es su tarjeta de larga distancia, "Tarjeta 14" , la cual es la única que ofrece redondeo al segundo, siendo una tarjeta prepago. Aquí la imagen que publicaron en Los Tiempos:



En agosto llega al país la banda ancha para internet

Aunque el titulo que utilizo "La Razón" no me gustó mucho lo pongo, porque el articulo lo saque de ese diario.

En realidad no se trata de la "llegada de la banda ancha" a Bolivia, sino de la llegada de una nueva tecnología que proporcionara servicio de banda ancha al país al igual que ADSL y Wi-Fi. La propuesta viene de parte de ENTEL, lo que esta por decidirse es el tipo de tecnología a utilizar, Win-Max o HSDPA

Wi-Max llega a ser una nueva generación de Wi-Fi, mejorando ampliamente su cobertura y el ancho de banda, siendo posible llegar hasta 48 Km de radio, con una velocidad máxima de 70 Mbps, esta mas recomendado para zonas rurales por su gran cobertura.

HSDPA (High Speed Dowlink Packet Access) es ya también una nueva generación de UMTS, la ventaja de este tipo de tecnología es que es accesible vía telefoneo celular con tecnología UMTS, la velocidad máxima a la que llega es de 14 Mbps. Si se llegara a implementar esta tecnología se haría un gran salto de generación en telefonía celular debido a que actualmente el país se encuentra en la evolución de la segunda generación (2G) de tecnología móvil, llamada 2.5G, es decir la tecnología EDGE, UMTS pasa a ser 3G y HSDPA 3.5G.

ENTEL indica que hasta agosto de este año prevé implementar una de estas dos tecnologias. 


26 febrero 2007

Sittel pide a las telefónicas publicar todas sus tarifas

La Superintendencia de Telecomunicaciones (Sittel) obliga a los operadores de telefonía, a través de una resolución administrativa, a publicar sus tarifas tres días antes de cualquier reajuste en diarios de circulación regional y nacional para que sean de conocimiento de los usuarios. La Súper evaluará la veracidad y vigencia de las mismas.

“Los operadores deberán publicar sus tarifas de acuerdo a los formatos definidos”, se lee en la Resolución Administrativa 2007/0482 de 21 de febrero.

La decisión de Sittel coincide con la puesta en vigencia a partir del 2 de marzo del nuevo sistema de tarifas telefónicas que establece el cobro sólo por el tiempo de consumo.

Las publicaciones referidas a la aplicación del artículo 159 del reglamento de Ley de Telecomunicaciones, deberán cumplir con al menos los siguientes requisitos: ser claras y legibles para el público en general, se deberán mencionar, a pie de página, que todas las tarifas son con redondeo al segundo.

Adicionalmente, en el caso de los servicios bajo la modalidad pre-pago, a pie de página, deberá establecerse la vigencia de crédito, no menor a 60 días calendario, que el crédito no consumido se agregará al nuevo que se cargue y que al vencimiento de la vigencia del crédito permanecerá habilitado para recepción de llamadas con acceso a números gratuitos y de emergencia al menos por 30 días calendario adicionales, respectivamente.
 

14 febrero 2007

COTEL COMPRO SUPERCANAL EN 7 MILLONES DE DOLARES

fernando dipssLa nota la trae el Periodico La Prensa el dia de hoy en su seccion Negocios, Con esto COTEL arregla un pleito que tenia con Supercanal desde hace mucho tiempo, y ahora anuncia que rebajara las tarifas de TElevision por Cable en La Paz.

La Cooperativa de Teléfonos Automáticos La Paz (Cotel) compró en 7 millones de dólares el paquete accionario de la compañía Supercanal, acuerdo que permitirá rebajar la tarifa del servicio de televisión por cable de los usuarios de esta última de 30 a 22 dólares.

El presidente del Consejo de Administración de Cotel, Fernando Dips, informó ayer a La Prensa que la transacción se materializó a fin de solucionar el pleito judicial que se tenía con la empresa argentina. La transferencia se efectivizará en 15 días.

El año pasado, Cotel perdió un juicio arbitral con Supercanal ante la Cámara Nacional de Comercio (CNC), instancia que le fijó el pago de seis millones de dólares como sanción.

La compañía extranjera procesó a la Cooperativa bajo el argumento de que incurrió en una “práctica anticompetitiva” en el mercado de la televisión por cable al cobrar 22 dólares, mientras que ella pedía 30. En el juicio, Cotel no pudo demostrar que ese monto cubría sus costos de operación.

Dips explicó que no fue posible asumir defensa legal en este proceso por la ausencia temporal del Consejo de Administración de la Cooperativa, que en su momento tenía que responder a un proceso de inconstitucionalidad presentado en su contra por otro motivo.

Cotel tenía la opción de recurrir a la justicia civil para dejar sin efecto la resolución de arbitraje, pero, según Dips, con esa opción la empresa podía tener éxito, como no. Además, aclaró que en este segundo escenario, la Cooperativa corría el riesgo de que Supercanal congelara sus cuentas para exigir el pago sentenciado.

“Ante esta situación —justificó Dips— era mejor buscar una solución que beneficiara a Cotel”.

La transferencia

El ejecutivo explicó que con esa transacción 25 mil usuarios de Supercanal se sumarán a los 8 mil que actualmente tiene la Cooperativa. Además, el patrimonio de la sociedad se incrementará en 10 millones de dólares, de 157 a 167 millones.

Fernando Dips precisó que el costo que pagará Cotel por los activos de Supercanal asciende a 7 millones de dólares, un poco más de lo que iba a desembolsar si se confirmaba la sentencia del laudo arbitral en la justicia ordinaria, pero dijo que para definir la transacción no se tomó en cuenta el monto establecido por los jueces.

El pago a Supercanal se hará en cuotas y en tres años y medio. El dinero para la compra saldrá del mismo servicio.

Con esa transacción todos los activos de la empresa extranjera, consistentes en el sistema de CTV, la red física de cable coaccial, la conexión hacia Caranavi, Río Seco, Huajchilla y otros pasarán a depender de Cotel TV, y con ello la Cooperativa consolidará su proyecto al pasar de una cobertura de 23 por ciento en el departamento de La Paz a 90 por ciento, incluida el área rural.

Esta mayor cobertura también repercutirá en las tarifas que los usuarios de Supercanal pagan actualmente, 30 dólares por un paquete completo y 35 dólares si usan dos televisores. En cambio, ahora cancelarán entre 10 y 21,99 dólares, dependiendo de la cantidad de canales.

El ejecutivo aclaró que uno de los puntos del acuerdo es que Cotel no se hará cargo de los pasivos, es decir, las deudas que pudiera tener la compañía.

El personal que ahora trabaja en Supercanal será evaluado y, según Dips, sólo se quedarán los mejores. Recordó que con el convenio se deja sin efecto los procesos judiciales emergentes del laudo arbitral o cualquier proceso civil, penal o ejecutivo.

Además, la Cooperativa se comprometió a desistir del juicio por prevaricato iniciado en contra de los árbitros Olga Larraín y Francisco Meave.

Un arbitraje en contra

El presidente del Consejo de Administración de Cotel, Fernando Dips, recordó que el pleito con Supercanal por la menor tarifa que cobra la Cooperativa en relación con la empresa data de 2000.

Sin embargo, no es sino hasta el 6 de mayo de 2006 que se libra un proceso arbitral en la Cámara Nacional de Comercio (CNC).

El cargo, según Dips, estaba referido a una práctica anticompetitiva, pues la sociedad decidió cobrar a sus usuarios aproximadamente 22 dólares, cuando a Supercanal le cancelaban por el servicio 30 dólares y 35 si se quería un televisor más.

Dips dijo que en el proceso los árbitros declararon la rebeldía de Cotel, que se produjo porque hubo una ausencia temporal del Consejo de Administración debido a recursos instaurados en su contra en el Tribunal Constitucional, hecho que originó la falta de representación legal para asumir defensa.

El Tribunal Arbitral determinó mediante la Resolución 08/06 de 8 de septiembre de 2006 el pago por parte de Cotel a favor de Supercanal de seis millones de dólares. La Cooperativa apeló la decisión pero ésta fue rechazada. Dips afirmó que Cotel hizo todos los esfuerzos para revertir esta situación. Al final, ambas entidades acordaron dejar sin efecto cualquier acción legal.