02 marzo 2007

La guía de las nuevas reglas de la telefonía

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Debido a los cambios de la telefonia, encontre este interesante resumen de los cambios que se estan dando en La Razon  del dia viernes y se los paso aqui.

 

1¿Cuál es el principal cambio que se ejecutará desde mañana?

a. El principal es el pago por segundo, es decir, por lo que realmente se habla, con lo que se elimina el redondeo al minuto en todos los servicios de telefonía del país.

b. Otro de los cambios es que en la telefonía móvil ya no se cobrará por llamadas de larga distancia, habrá una sola tarifa de acuerdo al plan del usuario.

c. Las tres operadoras compartirán sus redes para que el usuario de cualquiera de las tres operadoras tenga el servicio allá donde haya señal para el celular.

d. Otro de los pilares es el de las tarifas no discriminatorias, esto significa que las tarifas para un mismo servicio dentro de una misma área no deben ser diferentes por razones geográficas como sucedía, por ejemplo, en la televisión por cable.

e. Otro pilar es la reducción de la barrera de acceso al servicio local, si uno no tenía dinero para comprar una acción en Cotel era imposible disponer del servicio; ahora se posibilita que todos satisfagan su necesidad de comunicación con el plan abonado.

f. Las empresas no podrán revertir el saldo de las tarjetas no utilizado en el tiempo establecido.

g. Además, las empresas estarán obligadas a publicar sus tarifas cada seis meses.

2¿Cuáles son los servicios de telefonía donde se aplica el cobro por segundo?

El cobro por segundo se realizará en todos los servicios telefónicos: fijo local, móvil, telefonía pública, larga distancia nacional y larga distancia internacional. La única excepción será en el servicio fijo local en la categoría abonado, en el que el cobro es por llamada sin límite de tiempo.

3¿Rige una tarifa única para las llamadas de telefonía móvil y fija?

No hay una tarifa única. Los proveedores conservan la libertad de diseñar sus planes tarifarios, tomando en cuenta las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo 28994.

4¿Quién decide el costo de las tarifas en la telefonía?

El operador. En el marco de la competencia puede fijar sus propias tarifas, pero éstas son reguladas y aprobadas por la Superintendencia de Telecomunicaciones.

5¿Con el cambio de sistema bajarán las tarifas?

Por el cobro por segundo habrá ya un ahorro del 20 por ciento promedio. El Decreto Supremo 28994 tiene más bien un espíritu de justicia y equidad, no precisamente de abaratar los costos del servicio, sino pagar por lo que uno realmente usa.

6¿Qué pasa con el servicio de larga distancia cuando se hace una llamada de un celular a un fijo? ¿Qué procedimiento se debe seguir?

En llamadas de un celular a un fijo de otra ciudad deberá utilizarse la marcación de larga distancia, como ha venido sucediendo; este aspecto no fue modificado.

7¿En qué casos se elimina el código de larga distancia?

Sólo para la telefonía móvil. Costará lo mismo hacer llamadas locales o al interior del país.

8¿Si se marca desde un celular con código de larga distancia, se inhabilita la llamada o se aplica un cobro adicional?

Si desde un teléfono celular se marca el prefijo de larga distancia nacional "0" y un código multiportador "XY" de una de las empresas proveedoras, se estará usando el servicio de larga distancia nacional y las tarifas aplicables serán las que publique la empresa a la que pertenece el código "XY". En ningún caso esta forma de marcar deberá estar inhabilitada.

9¿Ahora es más caro o más barato llamar de un teléfono celular a un fijo y viceversa?

Ahora cualquier tipo de llamada tendrá un precio final más barato, en razón a que el cobro se realizará con fraccionamiento al segundo y no con redondeo al minuto.

10¿Cuesta más caro llamar de un fijo a un celular o de un celular a un fijo?

Actualmente, prácticamente todas las empresas han fijado la tarifa de Bs 1,60 por minuto de fijo a celular. En llamadas de celular a fijo, las tarifas dependen del plan en el que uno se encuentre; por ejemplo, en el plan prepago algunas empresas cobran hasta Bs 1,80 por minuto.

11¿Si soy usuario de Viva y estoy en un lugar donde sólo sale la señal de Entel, podré hablar por celular?

La regulación vigente obliga la interconexión entre las empresas fijas y móviles, a fin de que los usuarios de todas las empresas puedan comunicarse entre sí. Este es un derecho de los usuarios. Para que un usuario de una empresa use la red de otra, en lugares donde la primera no tiene cobertura, se ha dispuesto que las compañías lleguen a acuerdos de "roaming", donde definirán la compatibilidad técnica y otros aspectos para lograr esto.

12¿Quién paga en la cobertura nacional en telefonía móvil (por roaming), las empresas o el usuario?

Las empresas, en los acuerdos de roaming al que deben llegar, definirán los precios de uso de sus redes en función a costos eficientes, los que se reflejarán en la tarifa a los usuarios.

13¿Qué operadora de telefonía móvil saldrá más beneficiada con la interconexión o roaming?

El beneficiado será el usuario del servicio móvil, considerando que a partir del 3 de marzo el usuario que se desplaza de su zona de origen hacia otra zona donde su operador móvil no tiene cobertura (itinerancia o roaming) pueda seguir conectado a la red y hacer uso del servicio a través de la red de otros operadores.

14¿Los celulares que tienen tecnología GSM tendrán el mismo alcance que los que tienen TDMA o viceversa?

Las empresas se encuentran en un proceso de transición tecnológica hacia GSM, por razones de competitividad. Esto favorece a la compatibilidad técnica y al objetivo de uso de redes de las distintas empresas por parte de un mismo usuario.

15¿En larga distancia internacional, para hacer llamadas desde un celular, se paga la tarifa de larga distancia?

En llamadas internacionales, sean desde fijo o móvil, se pagará la tarifa de larga distancia internacional, pero su cobro debe realizarse con fraccionamiento al segundo y no con redondeo, como vino sucediendo.

16¿Por llamadas de larga distancia, el usuario debe pagar su factura a su propio operador o al operador de larga distancia?

Al operador de larga distancia.

17¿Habrá variaciones en las tarjetas de prepago? ¿Cuáles?

En la modalidad prepago:

a. El menor valor del crédito deberá ser equivalente al precio de 10 llamadas locales.

b. La vigencia de cualquier crédito que se cargue no podrá ser menor a 60 días calendario.

c. Al vencimiento de su vigencia, el crédito no consumido se sumará al nuevo crédito a cargar.

d. Al vencimiento de la vigencia de un crédito, si el abonado no realiza recargas, la línea deberá permanecer habilitada para la recepción de llamadas y el acceso a números gratuitos y de emergencia, al menos por 30 días calendario adicionales.

18¿Cómo cobrarán los chalequeros, los puntos y las cabinas telefónicas públicas?

Los sitios o medios públicos de provisión de servicios telefónicos deberán cobrar con fraccionamiento al segundo, pero por razones de imposibilidad de fraccionamiento de monedas, el precio final podrá ser redondeado a los 10 centavos superior.

19¿Ahora cómo se beneficiarán los chalequeros?

A los chalequeros se les va a cobrar al segundo y lo que les sobre del crédito comprado van a tener para el próximo mes y no se verán perjudicados. Ahora, ellos compran un volumen de tráfico y si no lo completan les quitan y lo retornan al proveedor. En este caso los chalequeros van a continuar con el crédito y no van a perder dinero.

20¿En qué consiste el plan abonado y con su aplicación en qué quedan los socios de las cooperativas? ¿Tendrán alguna ventaja extra?

Las empresas que proveen el servicio local de telecomunicaciones deben incluir y ofertar una categoría de abonado, que elimine la tarifa básica fija mensual y el cobro sea únicamente por consumo de las comunicaciones efectivamente realizadas y sin que se exija la condición de socio o adquisición de una acción telefónica en esta categoría, pudiendo subsistir las otras categorías de usuarios que actualmente están vigentes. Respecto a la ventaja extra para los socios, es potestad de las empresas otorgarles algún beneficio.

21¿Un socio puede elegir entrar al plan abonado?

La categoría está disponible para todos los ciudadanos.

22¿El plan abonado de la telefonía de Entel es sólo para provincias o también es para su servicio en las ciudades capitales?

La nueva categoría de abonado de Entel debe ser aplicada tanto en provincias como en ciudades capitales.

23¿Habrá algún cambio en el servicio telefónico corporativo y comercial de las operadoras de telefonía?

El gran cambio radica en que las tarifas que paguen las empresas comerciales, en general, será por el tiempo efectivamente hablado.

24Con la aplicación del decreto, ¿qué pasa con la telefonía rural?

En telefonía rural también los operadores deben cobrar al segundo, a excepción de aquellos casos donde se emplean teléfonos públicos, que presenten imposibilidades técnicas.

25¿Las empresas podrán competir bajando tarifas? ¿Qué está permitido y qué no?

Las empresas pueden bajar sus tarifas en cualquier momento, siempre que las mismas las apliquen sin discriminación a usuarios que se encuentren en circunstancias similares. No está permitido que las tarifas bajen más allá del costo de la provisión eficiente del servicio y tengan como efecto sacar del mercado a los competidores.

26¿Qué tipo de promociones pueden usar las operadoras de telefonía móvil y cuáles no?

Las empresas pueden diseñar una infinidad de promociones, lo que la imaginación les permita, siempre que se enmarquen dentro de los principios establecidos en el marco regulatorio vigente, en especial el de no discriminación a los usuarios.

27¿Hay un control sobre la publicidad?

La publicidad en el sector de telecomunicaciones está regulada por la Resolución Administrativa Regulatoria Nº 2005/1882.

28¿Está todo listo para este cambio en las telecomunicaciones?

Sin duda, son dos meses y se han hecho innumerables reuniones con los operadores y con el Viceministerio de Telecomunicaciones, que estructura las políticas del sector. Además, se han absuelto la mayoría de las dudas planteadas por los operadores y observaciones al decreto, y todos mostraron su predisposición. Sin embargo, como el mismo decreto dice, "si hay una imposibilidad técnica" no se podrá cobrar por el tiempo efectivamente hablado. Si se tuviera que pagar en un teléfono público por el tiempo efectivamente hablado, seguramente que en muchos casos se debería cobrar con centavos inferiores a los 10 centavos, que es la unidad monetaria de menor corte, surgiendo de esta forma un caso de imposibilidad técnica que no permite facturar al segundo. Más bien se debería redondear la fracción a la menor unidad monetaria existente.

29¿Está garantizada la calidad del servicio, a partir del 3 de marzo, tomando en cuenta que podrá haber mayor tráfico de llamadas?

Difícilmente se van a suscitar niveles de tráfico similares o superiores a los presentados en fechas de fin de año, que es cuando la calidad del servicio tiende a disminuir por el congestionamiento de llamadas. En este contexto, se estima que la calidad del servicio mantendrá su nivel actual.

30¿Qué problemas podrían presentarse con el cambio que empieza mañana?

Los mayores problemas pueden surgir del servicio de telefonía pública, ya que el común de la gente no está consciente de la existencia de problemas asociados a la imposibilidad técnica que existe en estos casos. Por ejemplo, el hecho de que un segundo efectivamente hablado no podrá ser cobrado por una cantidad inferior a 10 centavos, que es la unidad monetaria de menor corte existente dentro de nuestra economía. Sin embargo, pese a los problemas que en inicio manifiesten los usuarios que desconocen este aspecto técnico, el DS 28994 lo contempla.


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