01 junio 2015

Segunda parte Software libre

El Diario

Es habitual que los usuarios confundan el software libre con el software gratuito. En palabras de Culebro y sus colegas, en el texto publicado el año 2006 con el título “Software libre vs software propietario: Ventajas y desventajas”, es importante distinguir entre las libertades que proporciona un determinado software y el costo del mismo. Un programa, por el simple hecho de ser gratuito, no es ni mucho menos libre. Por ejemplo, Internet Explorer de Microsoft es un programa gratuito pero no es libre, ya que no proporciona a sus usuarios la posibilidad de estudiarlo, incluyendo el acceso a su código fuente, ni de mejorarlo, ni de hacer públicas estas mejoras con el código fuente correspondiente, de manera que todo el mundo se pueda beneficiar. Internet Explorer es un programa propietario, en cuanto a las libertades, y gratuito en cuanto a su costo. Existe una distinción fundamental entre los programas que garantizan los derechos de distribución y modificación, el software libre, y los que no los garantizan que se consideran propietarios. Respecto al costo, cualquier software libre se puede vender, siempre y cuando se respeten las libertades originales que lo definen. Por ejemplo, la empresa francesa Mandrake o la norteamericana Novell venden distribuciones de GNU/Linux, y se trata de software libre porque conserva las libertades que lo definen.

Bain y sus colegas, en el libro citado en párrafos anteriores, mencionan que se pueden conceder licencias de software: Al autor o autores originales del programa, a la persona física o jurídica que sea titular de los derechos de explotación o aquélla que, como mínimo, tenga el derecho de distribuir el software objeto de la licencia en cuestión. Delante de esta diversidad de sujetos con capacidad para conceder licencias, se ha decidido utilizar el término genérico de “proveedor del software” o simplemente “licenciante”, a diferencia de otros comúnmente empleados como autor, titular o propietario del software. La gran mayoría de usuarios de computadoras, de una manera general, no se preocupa de la licencia del software y termina muchas veces actuando ilegalmente por desconocimiento, desatención o pereza en el cumplimiento del contrato de licencia, ya que no suele leerla cuando adquiere el software. Al instalarlo, copiarlo, prestarlo, redistribuirlo o ejecutar cualquier otra acción sobre éste es primordial conocer la licencia bajo la que ha sido distribuido. La manera usual de distribución del software libre es bajo una determinada licencia libre. Al contrario de otros tipos de licencias que son conocidas por imponer muchas restricciones a los usuarios, las libres se caracterizan por conceder derechos o libertades a éstos. Normalmente, “las licencias de software libre contemplan una amplia gama de libertades para el usuario, como el libre uso, la copia, la modificación y la redistribución. Además, el proveedor proporciona o pone a disposición de los usuarios el código fuente”. Adell, en el artículo publicado el año 2007 con el título “Software libre en educación infantil y primaria”, complementa mencionando que estas licencias se distinguen por otorgar permisos expresos a los usuarios que no suelen estar reconocidos en las leyes de propiedad intelectual, diseñadas para defender únicamente los derechos del propietario de la obra.

En palabras de Bain y sus colegas, en el libro citado anteriormente, existen diversos tipos de licencias libres. Cada una presenta algunas diferencias con respecto a sus características. “Varían principalmente según el grado de libertad otorgada relativa a la copia, la modificación y la distribución ulterior del software en cuestión”. Las hay que hacen exigencias más sencillas, otras presentan diferencias de matices en algunos puntos y algunas son mucho más exigentes. Pero todas garantizan las cuatro libertades del software libre, anteriormente mencionadas. La licencia libre considerada más completa, y que también es la más popular y utilizada, es la GNU/GPL, popularmente conocida como GPL. Fue creada por la “Fundación del Software Libre” a mediados de los años 1980. Roca y Castells, en el informe de investigación del año 2006 titulado “El software libre en Catalunya y en España”, afirman que ésta licencia es la que usan más proyectos de software libre. Costa-Silva, en la tesis doctoral citada anteriormente, señala que independientemente de la fuente citada, está clara la constatación de que la GPL realmente es la licencia libre más utilizada. La GNU/GPL ha sido formulada con el propósito de ofrecer los medios legales para imponer que toda distribución de software libre se haga preservando y respetando las cuatro libertades presentadas por Stallman. También se puede asegurar que el software, una vez libre, siempre será libre, incluso sus versiones subsiguientes y sus consiguientes derivaciones.

El término copyleft ha sido utilizado por primera vez por Stallman en el año 2002, en el libro titulado “software libre, sociedad libre: Ensayos selectos de Richard M Stallman”, se trata de un método utilizado para convertir un programa en software libre y exigir que todas sus versiones, modificadas o ampliadas, también lo sean. La idea es usar las leyes de copyright no para reservar derechos a los proveedores del software, sino para otorgar libertades a los usuarios y asegurar que, si éstos modifican el código del programa y lo redistribuyen, lo harán del mismo modo. El objetivo es preservar, sobre todo, las libertades de los usuarios y no proteger los derechos del autor. Es usar las leyes del sistema para resguardarse del propio sistema. El copyleft es, entonces, un instrumento legal que protege los derechos de los usuarios de software libre contra el intento de que cualquier otro agregue alguna restricción adicional al software libre redistribuido, sea con o sin modificación. También garantiza que las cuatro libertades sean observadas, garantizadas y ejercidas libremente, además del acceso al código fuente del programa.

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