15 agosto 2014

JUEZ DA LIBERTAD AL DIRECTOR DE SALUD DE COTEL

El juez Johnny Monasterios resolvió la libertad de Nicanor J. A., director del Seguro Médico de Cotel, imputado de la presunta comisión del delito de tentativa de homicidio el pasado lunes, informó Franklin López, padre de la víctima de tres años.

De acuerdo con los antecedentes hechos a conocer por los padres, hace tres años, el imputado ordenó la intervención quirúrgica a un bebé que padecía de gastrosquisis a un especialista en urología, pese a que, dijo, debía ser tratado por un cirujano pediatra.

Este defecto congénito que se presenta en el momento de nacer, en el cual hay un orificio en la pared abdominal que ocasiona que el estómago, el intestino delgado, el intestino grueso y otros órganos del abdomen del bebé, se expongan fuera del cuerpo. Por la mala intervención casi provoca la pérdida de la vida del bebé que estuvo internado por más de tres meses en instalaciones del centro médico de Cotel.

“La mala determinación del Director del Seguro provocó que la pérdida de peso en el bebé y otras complicaciones, motivo por el que tuvimos que acudir a otro especialista para salvar la vida a mi hijo y después presentamos una querella en contra de este profesional, que no quiso asumir los gastos realizados fuera del seguro”.

las secuelas del caso. De acuerdo con los familiares del niño que ya tiene tres años, aún no puede caminar por daños, se logro –en primera instancia– que el fiscal Javier Monasterios impute a los médicos y personal administrativo, que lo atendieron en primera instancia, de la presunta comisión del delito de tentativa de homicidio, pero por la influencia política del que goza el Director de Salud, éste no fue aprehendido.

El pasado 8 de agosto, la policía y la fiscal Janeth Ajata lograron la aprehensión del médico y los trasladaron al Ministerio Público por la inasistencia a citaciones a declarar y por la imputación que pesa sobre él, pero un juez liberó al inculpado y después suspendió la audiencia cautelar sobre la base de las disposiciones del artículo 235 del Código de Procedimiento Penal, que faculta al juez declarar la improcedencia de una solicitud, la aplicación de las demandas o medidas menos graves que la solicitada o, inclusive, ordenar la detención preventiva del sospechoso.

Este hecho fue criticado por los padres en la audiencia en la que se presentaron dos exministros de Estado, quienes respaldaron al imputado.

Felizmente, el pequeño se recupera tras un nuevo tratamiento médico, al que debió ser sometido.

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